En las últimas semanas me he encontrado, sobre todo, en Instagram con mucha desinformación sobre cosmética y experimentación con animales. Y como hay quien llegó a decirme que no “desinformase” pues aquí estoy haciendo mi labor de periodista que no es otra que la de informar, consultando siempre a fuentes acreditadas. Para aclarar todas las dudas sobre el tema, hoy he invitado al blog a María Matabuena, doctora en biología celular y genética. Actualmente, directora de laboratorio en Invitrotecnia, compañía especializada en análisis in vitro para comercialización de productos destinados al uso humano (cosméticos, productos de higiene y cuidado personal y producto sanitario).
¿Qué dice la legislación europea sobre la experimentación en animales. ¿Desde cuándo y a quién afecta?
“En los apartados del 38 al 45 del Reglamento se hace mención a:
La protección y al bienestar de los animales.
La Directiva que aplica a nivel europeo (86/609/CEE) establece normas comunes para que se sustituyan los experimentos con animales por otros que utilicen métodos alternativos (in vitro). Uso de métodos alternativos a la experimentación con animales en el entorno de la industria cosmética.
La prohibición de realización de experimentos en animales con los productos cosméticos terminados (tampoco está permitida con ingredientes destinados a uso cosmético).
La importancia de garantizar científicamente la seguridad de los ingredientes cosméticos con métodos alternativos, validados y los organismos europeos que apoyan este proceso.
La comercialización de productos cosméticos que hayan sido probados experimentalmente en animales está prohibida desde el 11 de marzo de 2009.
Aunque el 11 de septiembre de 2004, ya se había prohibido la comercialización de productos cosméticos terminados y el 11 de marzo de 2009 se añadieron a la prohibición los ingredientes o combinaciones de ingredientes que hubieran sido probados en animales.
En el reglamento se recoge la completa, y última, y que contempla tanto ingredientes, como combinaciones de ingredientes como el producto completo.
La comercialización de cosméticos requiere una ‘persona responsable’, que es la que debe garantizar que se cumplan todos los requisitos que se exponen en el reglamento y lo normal es que el fabricante realice todas las pruebas necesarias para cumplir”.
¿Hay algún sello de calidad que lo certifique?
“Debido a que ya es un punto de obligado cumplimiento no es necesario el distintivo. Cualquier producto cosmético que se comercialice a nivel europeo no puede contener ingredientes ni ha podido ser probado en animales”.
¿Hay alguna alternativa a las pruebas con animales?
Por supuesto. Desde Europa se trabaja muy activamente para garantizar la seguridad de los cosméticos evitando el uso de animales de experimentación. El CCSC (Scientific Committee on Consumer Safety), la CEVMA (European Centre for the Validation of Alternative Methods) y otras asociaciones trabajan conjuntamente para generar guías (puedes verla aquí) y bases de datos muy actualizadas sobre la situación de métodos y modelos disponibles, que permiten ensayar sustancias y productos: desde pieles artificiales, a membranas que son similares a la conjuntiva del ojo, pasando por cultivos de células humanas y sistemas bacterianos. Ahora mismo, se disponen de otros recursos que permiten evaluar el perfil toxicológico de los ingredientes de los cosméticos y que aseguran la inocuidad de los productos finales”.
¿En qué países se puede todavía hacer test con animales? ¿Se pueden importar a Europa esos productos? ¿Qué pasa con los ingredientes testados en animales para elaborar otros productos?
«Siempre que un producto se comercialice en Europa, debe cumplir con la legislación europea, por lo que aplica lo que se especifica en la directiva europea (los reglamentos son los que adaptan la normativa europea a cada país miembro, en este reglamento se resumen todos los puntos obligatorios a nivel europeo). En Estados Unidos y Europa no permiten la comercialización de cosméticos que se hayan ensayado en animales. Latinoamérica aplica el Reglamento Europeo, por lo que tampoco. En los países asiáticos este tema no está consensuado y depende de cada país. Por ejemplo en China, los ensayos con animales son obligatorios en algunos casos.
La regulación en cuanto a experimentación animal depende de cada país y hay que ir revisando caso por caso, por lo que si una compañía quiere introducir sus productos en un determinado país, debe contactar con las instituciones responsables en cada caso para cumplir con los requisitos.
Cuando se importa a Europa, hay que cumplir con el Reglamento Europeo y no se pueden comercializar cosméticos que hayan sido ensayados en animales.
En el caso de que un ingrediente se comercializa en el sector alimentario o en el farmacéutico, sí se permiten ensayos en animales, y se pueden utilizar los datos de estas investigaciones si posteriormente el producto se comercializa como cosmético.
Sin embargo, si el producto no está registrado en los sectores anteriores, no está permitido presentar estos ensayos realizados en animales para justificar la seguridad si el ingrediente o el producto quiere comercializarse con fines cosméticos”.
¿Qué ocurre con las firmas europeas que exportan su productos a otros países, por ejemplo, China donde sí está permitido la experimentación con animales? ¿Tienen que hacer test con animales para poder vender allí sus productos?
«En general, se estudia caso por caso, pero si las autoridades del país donde se quiere comercializar el producto, lo requieren, la firma tiene que realizarlo para cumplir con la legislación del país».
Hay quien asegura que como las firmas cosméticas no pueden experimentar con animales en Europa, entonces, hacen test fuera de la Comunidad Europea, ¿tiene esto algún tipo de fundamento? ¿Dónde hacen las empresas sus análisis? ¿Están obligados por ley a hacerlo en Europa?
“Los ensayos con animales en productos que se quieran comercializar en Europa no se pueden presentar a las agencias e instituciones europeas, por lo que parece un poco absurdo que alguien realice estos ensayos si no se pueden utilizar los datos.
Una compañía puede ensayar sus productos donde quiera (la política del libre mercado aplica también en el sector servicios de análisis), siempre que se cumplan los estándares establecidos a nivel internacional, como las buenas prácticas de laboratorio, las buenas prácticas clínicas o diferentes ISO, en el caso de los laboratorios europeos (donde está prohibida la experimentación animal). Concretamente en el caso de estudios con animales, supongo que la elección de un laboratorio u otro para el análisis de los productos depende de la política interna de la compañía (precio, estrategia comercial u otros)».
¿Qué tipo de test tiene que pasar un producto cosmético?
“Los análisis que se requieren son los necesarios para garantizar la seguridad del producto cosmético y aquellos que demuestren su eficacia, siempre que una (o varias) acción (/es) concreta (/s) sea (/n) reivindicada (/s). Los aspectos fundamentales relacionados con los productos cosméticos están regulados por el reglamento 1223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo.
¿Cuál es la diferencia entre test de seguridad y test de eficacia?
“De forma muy resumida, los análisis de seguridad son obligatorios para garantizar que no existe ni riesgo ni peligro para el consumidor; y los estudios de eficacia deben realizarse para probar que el producto cumple con la reivindicación sobre el efecto beneficioso que se le atribuye (en el caso de que se le atribuya un efecto beneficioso), protegiendo así al consumidor frente a la publicidad engañosa”.
¿Qué tipo de afirmaciones puede hacer una marca si no realiza test de eficacia?
“Un producto tiene que ser seguro siempre (esto es obligatorio) y debe poder probarse el efecto que se afirma sobre el producto. Por ejemplo, si un envase de crema viene etiquetado como «crema hidratante» debe poder demostrarse su efecto hidratante. Las afirmaciones que pueden realizarse (el término que manejamos fabricantes, distribuidores y evaluadores es el de reivindicaciones o ‘claims’), por tanto, son las que se puedan demostrar científicamente. Esto implica que las empresas deben realizar o estudios clínicos en voluntarios o ensayos in vitro o búsquedas bibliográficas en bases de datos científicas, para probar los efectos reivindicados (o afirmaciones, como tú lo llamas)”.
Quiero darle las gracias a María por toda la información que ha compartido con todas nosotras. Podéis estar seguras de que los cosméticos que estáis utilizando no han sido testados en animales.
¡Nos vemos en nada!
Como bien decís, hay alternativas a este tipo de productos testados en animales! y son muy buenas. Me ha gustado mucho el post. Enhorabuena. saludos